REGISTRA TU COMERCIO DESDE EL 1 DE SEPTIEMBRE!
Serán beneficiarias de esta campaña las personas físicas mayores de 18 años empadronados en la localidad.
Los beneficiarios podrán adquirir los bonos a través de la plataforma on-line que habilitará a este efecto la entidad colaboradora.
Con la finalidad de alcanzar el mayor número posible de personas beneficiarias, se establece el límite máximo de 100€ por persona de los que el consumidor abonará la mitad y la otra mitad será subvención directa aprobada por la Conselleria de Innovación, Industria , Comercio y Turismo y el Ayuntamiento de Benaguasil.
Los Bonos podrán ser de 10€, 20€, 50€ y 100€
El control del límite máximo de subvención y edad se realizará electrónicamente y mediante comprobación del DNI.
Tributación en renta de los bonos comercio:
Los bonos son considerados ganancias patrimonial, por lo que están sujetos y no exentos en el impuesto de la renta.
Utilización de los bonos.
Los consumidores presentarán el número identificador del bono como pago de la compra que realicen en cualquiera de los establecimientos adheridos a la campaña durante la duración de esta.
En el Programa “Bono Comercial Benaguasil” cada persona dispondrá de un máximo de 100€, para poder canjear en los establecimientos participantes que se pueden consultar en esta web. Cada bono será canjeable en una única compra, es decir, un bono no se puede canjear en dos compras diferentes, ni en una misma compra se pueden canjear más de un bono.
Dentro del límite establecido de 100€ para cada persona, teniendo en cuenta las condiciones: